Si tu proyecto ha llegado al punto en el que debe constituirse como una empresa, hoy te vamos a contar los tipos de sociedades y empresas que existen en el territorio español.
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Las más habituales en nuestro país son las sociedades anónimas, limitadas, laborales y las cooperativas.
Veremos todas y cada una de ellas en este post, a las que vamos a añadir otras que también son utilizadas, aunque en menor proporción.
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Sociedad Limitada
Es la más común en las PYMES. Se puede crear por una sola persona y el capital mínimo a aportar es de 3000 euros, siendo la responsabilidad limitada al capital aportado.
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Existen diferentes variantes de la sociedad limitada, que son las siguientes que os vamos a comentar.
- S.L.U (Sociedad Limitada Unipersonal): un único socio constará en los documentos de la empresa.
- S.L.N.E (Sociedad Limitada Nueva Empresa): constará de un máximo de 5 socios y disfruta de algunas ventajas fiscales como fraccionar o aplazar impuestos.
- S. L. Form. Sucesiva (Sociedad Limitada Formación Sucesiva): no exige capital mínimo y tiene ciertas restricciones.
Sociedad Anónima
Se trata de la sociedad mercantil más importante del sistema capitalista.
Exige para su formación un mínimo de un socio y 60.000 euros de capital inicial.
Igual que en la anterior, la responsabilidad está limitada al capital aportado.
Sociedad Laboral
La sociedad laboral, a su vez, puede ser anónima o limitada. En ambos casos, la mayoría del capital aportado será propiedad de los trabajadores.
Esta es la principal diferencia entre esta y el resto de empresas. Es el tipo de sociedad que se suele utilizar en el sector industrial o en el sector servicios con compañías que están al borde de la quiebra.
Sociedad Cooperativa
La cooperativa es aquella cuya propiedad se concentra en los trabajadores. El derecho de pertenecer a una cooperativa se gana con la participación a través del trabajo.
Es un tipo de asociación mercantil muy vista en el sector agrícola o en el transporte.
Las aportaciones obligatorias y el capital mínimo se establecerá según los estatutos de la cooperativa.
Aquí también tenemos una división entre cooperativas:
- Cooperativas de primer grado: sus socios son personas físicas o jurídicas.
- Cooperativas de segundo grado: sus socios son otras cooperativas.
Tienes que tener presente que cada Comunidad Autónoma tiene su propia legislación con respecto a las cooperativas.
Otras formas de constituir empresas
Vistos los cuatro grandes tipos de sociedades por las cuales se constituye una empresa en España, tenemos que continuar hablando de otras de menor tamaño.
Empresario Individual
Esta es la entidad que todos asociamos al famoso autónomo, freelance, etc.
Sus obligaciones son tributar por IRPF y no por el impuesto de sociedades. Su legislación básicas es el Código Civil y el régimen social en el que debe hacer su inscripción es el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
La responsabilidad del empresario individual es ilimitada.
Sociedad civil
En este tipo de asociación, los socios aportan bienes y trabajo. Los ponen en común para ejercer una actividad.
Estos sí tributan por el impuesto de sociedades y la responsabilidad es ilimitada.
Emprendedores de responsabilidad limitada
Se trata de una variante del Empresario Individual o autónomo. Antes os hemos dicho que la responsabilidad del autónomo es ilimitada y el del emprendedor está algo limitada.
Lo único que puede preservar es su vivienda habitual, aunque generalmente también con condiciones.
Sociedad Profesional
En este caso se trata de una versión de las primeras sociedades que hemos visto (Limitada, Anónima, laboral, cooperativa…).
Es una variante y se da en los casos en los que la mayoría de los socios forman parte de un, o varias, tipo de categoría profesional.
Sociedad Colectiva
Los socios de la agrupación colectiva aportan trabajo y capital, sin existir una cantidad mínima.
La responsabilidad es limitada y su forma de tributar es a través del Impuesto de Sociedades (antes sí que lo hacían por IRPF).
Era la forma de asociación más común en pequeños negocios en los que intervenían cónyuges o familiares, pero cada vez es menos frecuente.
Sociedad Comanditaria
En la Sociedad Comanditaria encontramos dos tipos diferenciados: La Sociedad Comanditaria Simple y la Sociedad Comanditaria por Acciones.
La sociedad comanditaria simple es de carácter personalista y está formada por socios colectivos que aportarán trabajo a la sociedad y por socios comanditarios que solo aportarán dinero (los socios colectivos pueden o no aportar capital también).
No requiere de un capital mínimo para su formación y la responsabilidad variará según el tipo de socio.
En cuanto a la fiscalidad, se rigen por el Impuesto de Sociedades.
Las sociedades comanditarias por acciones, solo se diferencian de la simple en que sí existe un capital mínimo. Este será de 60.000 euros dividido en acciones.
Comunidad de Bienes
La comunidad de bienes es una agrupación de dos o más profesionales con un proyecto común.
No tienen personalidad jurídica propia y la responsabilidad, limitada y solidaria, recaerá en los socios comuneros.
Tributarán por IRPF.
Y con esta terminamos este repaso de los tipos de sociedades y empresas que existen en España.
Somos conscientes de que nos hemos dejado algunas menos frecuentes en el tintero como la Sociedad de Garantía Recíproca o la Sociedad Agraria de Transformación, entre otras.
Esperemos que os haya servido este artículo para conocer mejor los diferentes tipos de sociedades y empresas que puedes escoger a la hora de constituir tu empresa.
Recuerda que siempre es conveniente contar con personal cualificado para todo este papeleo que requiere la formación de una sociedad o empresa.
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